Obras Públicas y el SNIP

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OBRAS PÚBLICAS Y EL SNIP



http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1077&Itemid=100274&lang=es

EL SNIP NO TERMINA CON LA VERIFICACION  DE LA VIABILIDAD DEL ESTUDIO DE PREINVERSION

COSA QUE DE ACUERDO A LA NORMATIVA PREVISTA EN EL SNIP; BEMOS QUE EL SNIP TIENE UN CICLO DE PROYECTOS QUE SE INICIA CON UNA IDEA UN PROBLEMA QUE LLAMAN ELLOS,

EL SNIP ; TRATA DE RESOLVER EL PROBLEMA DE LA CIUDADANIA  Y COMO RESULTADO DE ESE PROBLEMA SE PLANTEA DE UN PROYECTO  EN LA FASE DE PREINVERSION ES POR ESO QUE EL SNIP A PREVISTO 03 FASES DURANTE EL CICLO DEL PROYECTO:

PREINVESION (PERFIL Y FACTIBILIDAD)- INVERSION - POSINVERSION

CUANDO HABLAMOS DE OBRAS PUBLICAS SU EJECUCION ESTA RELACIONADO BASICAMENTE EN LA FASE DE EJECUCION; PARA ENTENDER MEJOR ESTE TEMA TENEMOS QUE SABER CUAL ES LA DEFINICION POR EJEMPLO DE UNA OBRA PUBLICA SI ESTE ESTA ENMARCADO EN EL SNIP.

ES POR ESO QUE EN NUESTRO REGLAMENTO EN LA LEY DE CONTRATACIONES VIGENTE EXISTEN UN CAPITULO QUE SE LLAMA DEFINICIONES EN ESTE CAPITULO ESTA OBRA PUBLICA QUE ES RESULTADO DE UN CONJUNTO DE ACTIVIDADES MATERIALES QUE COMPRENDEN ENTRE OTRAS CONSTRUCCIONES, AMPLIACIONES MEJORAMIENTOS, REHABILITACIONES ETC. PERO QUE DEBEN DE CUMPLIR CON CIERTAS CARACTERISTICAS ENTRE ELLAS DEBE DE SER NECESARIO DIRECCION TECNICA QUE TENGA UN ING. RESIDENTE, FUNDAMENTALMENTE QUE TENGA UN EXPEDIENTE TECNICO ESTE EXPEDIENTE TECNICO ES QUE JUSTAMENTE ESTA RELACIONADO CON EL SNIP EN LA FASE DE INVERSION, ASIMISMO SE REQUIERE MATERIALES, EQUIPOS  ENTONCES CUMPLIENDO CON ESTAS CARACTERISTICAS DENTRO EL ESTADO PODEMOS DEFINIR SI ES O NO ES UNA OBRA PUBLICA ASIMISMO ESTA OBRA PUBLICA DEBEMOS VER SI ESTA ENMARCADO EN EL SNIP Y PARA ELLO TENEMOS QUE VER LA DEFINICION DE UN PROYECTO DE INVERSION PUBLICA.

UN PROYECTO DE  INVERSION PUBLICA NO ES MAS QUE UNA INTERVENSION LIMITADA EN EL TIEMPO QUE SE USA RECURSOS PUBLICOS PARA MEJORAR, AMPLIAR RECURSOS, BIENES Y SERVICIOS QUE OTORGA EL ESTADO A LA CIUDADANIA DURANTE UNA VIDA UTIL DEL PROYECTO.

ENTONCES SE DISEÑA UN PROYECTO PARA UNA VIDA UTIL 

HABLAREMOS DE LA FASE PRE-INVERSION: 


Niveles de estudios de prevension mínimos

Los niveles de estudios de preinversión mínimos que deberá tener un proyecto para poder ser declarado viable son los siguientes:


MONTO DE UN PROYECTO
ESTUDIOS REQUERIDOS
Hasta S./ 1'200,000
Perfil simplificado
Mayor a S./ 1'200,000 Hasta S./ 10'000,000.00
Perfil
Mayor a S./ 10'000,000.00
Factibilidad


ESTA FASE TIENE UNA RELACION DIRECTA CON LA EJECUCION DEL PROYECTO Y CON LA NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO

DIGIMOS QUE HABIA UN PROBLEMA EN LA SOCIEDAD QUE SE CONVERTIA EN UNA IDEA Y ESA IDEA LA PLASMABAMOS PARA DARLE SOLUCION A ESE PROBLEMA EN UN PROYECTO O PODEMOS DECIR QUE EN ESTA FASE SE REALIZA EL ANALISI DE LAS NECESIDADES

ES PROYECTO EN L FASE DE PRE-INVERSION SE PUDE DESARROLLAR UN PERFIL, UN ESTUDIO DE PREFACTIBILIDAD, UN ESTUDIO DE FACTIBILIDAD.

LA FASE DE PRE-INVERSION TERMINA CUANDO LA OPI SECTORIAL, REGIONAL. LOCAL O A QUIEN LE CORRESPONDA DECLARA LA VIABILIDAD DEL PROYECTO, ES CUANDO DECIMOS QUE A CULMINADO LA FASE DE LA PRE-INVERSION.

ENTONCES ES POR ESO QUE LA LEY DE CONTRATACIONES EN EL ART- 10 NOS ESTABLECE DE OTRAS COSAS QUE EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION DEBE CONTENER CUANDO SE TRATA DE OBRAS PUBLICAS EL ESTUDIO DE PRE.INVERSION 

EN ESTE MISMO ART. NOS DICE CUANDO  EL PROCESO SE HA LLEBADO BAJO LA MODALIDAD CONCURSO OFERTA  QUE A PARTE DE INCLUIR EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION EL ESTUDIO DE PRE-INVERSION DEBEMOS INCLUIR EL INFORME QUE GENERA LA BERIFICACION DE LA BIABILIDAD DEL PROYECTO.

TAMBIEN NOS DICE CUANDO  EL PROCESO SE HA LLEBADO BAJO LA MODALIDAD LLAVE EN MANO  QUE A PARTE DE INCLUIR EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION EL ESTUDIO DE PRE-INVERSION DEBEMOS INCLUIR EL INFORME QUE GENERA LA BERIFICACION DE LA BIABILIDAD DEL PROYECTO.

EN LOS DOS CASOS ANTERIORES; TAMBIEN EN EL CASO DE QUE EL CONTRATISTA SEA ENCARGADO DE REALIZAR EL ESTUDIO DEFINITIVO 

NO TENEMOS EL EXPEDIENTE TECNICO ES POR ESO QUE LA NORMATIVA EXIGE QUE DEBEMOS TENER DICHOS DOCUMENTOS EN EL EXPEDIENTE DE CONTRATACION QUE NOS SIRVA COMO REFERENCIA PARA LA CONTINUACION DE DICHOS PROCESOS

EL SNIP Y LA LEY DE CONTRATACIONES SU REGLAMENTO SON DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO, DE OBSERVANCIA OBLIGATORIO, AMBAS NORMAS SE TIENE QUE CUMPLIR ES POR ESO QUE SE AH VISTO LA NECESIDAD DE SOLICITAR ES DECLRATORIA DE BIABILIADAD EN LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACION

EL SNIP EN LA FASE DE INVERSION A INCLUIDO LA ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO O ESTUDIO DIFINITIVO CUAL SERA LA DIFERENCIA  ASI COMO LA EJECUCION PROPIA DE LA OBRA.

EN LA FASE DE INVERSION PUEDEN EXISTIR MODIFICACIONES DEL PROYECTO Y ESTAS MODIFICACIONES DEBEN DE ESTAR ENLASADAS CON EL SNIP.

EN LA LEY DE CONTRATACIONES ESTABLECE QUE PUEDEN HABER MODIFICACIONES Y NOSOTROS LA CONOCEMOS COMO ADICIONALES Y DEDUCTIVOS VINCULANTES

QUE NOS DICE EN SNIP CUANDO EXISTA MODIFICACIONES EN EL PROYECTO: NOS DICE QUE EXISTE DOS PÓSIBILIDADES 1) MODIFICACIONES SUSTANCIALES  2) MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES.

1) MODIFICACIONES SUSTANCIALES 
CUANDO CAMBIO DE AMBITO EL PROYECTO QUIERE DECIR QUE YO TENIA POR ELABORAR UN COLEGIO EN ANEXO DE TIAPARO Y ENCUENTRAN QUE NO ES POSIBLE EJECUTAR EL PROYECTO POR EJEMPLOO EN UN EXTREMO NO HAY ALUMNOS PARA QUE ESTUDIEN EN ESE COLEGIO, ENTONCES MUCHAS VECES LAS AUTORIDADES LOCALES DECIDEN QUE ESE COLEGIO DEBE CONSTRUIRSE EN LA LOCALIDAD VECINA POR EJEMPLO EN POCOHUANCA ENTONCES YA NO ESTARIA SOLUCIONANDO EL PROBLEMA EN CUAL ESTA INMERSO EL SNIP.
COMO CONSECUENCIA DE ELLO ESO ES UNA MODIFICACION SUSTANCIAL.
YA NO PODRIAMOS CONSTRUIR EN TIAPARO SI NO TENDRIAMOS QUE HACER UN NUEVO PROYECTO A EFECTOS QUE SE PUEDA EJECUTAR EL PROYECTO EN POCOHUANCA.

OTRO; CUANDO CAMBIO LA TECNOLOGIA DEL PROYECTO Y QUE NO ESTA PREVISTA EN ESTUDIO DE PRE-INVERSION EN OTRAS PALABRAS UTILIZO UNA ALTERNATIVA QUE NO ESTABA PREVISTA EN EL EXPEDIENTE TECNICO EN LA FASE INVERSION.

EL ESTUDIO DE LA PRE-INVERSION SIEMPRE DEBEMOS TENER EN CUENTA POR Y QUE SETA ESCRITA  EN LAS NORMAS CUANDO NOSOTROS SACAMOS A UN PROCESO DE SELECCION PARA ELABORACION DE UN EXPEDIENTE TECNICO O UN ESTUDIO DEFINITIVO DEBE PODERSE COMO ANEXO AL CONTRATO DEL CONSULTOR EL ESTUDIO DE PRE-INVERSION POR QUE SINO EL CONSULTOR COMO SABE  QUE MODIFICA Y QUE NO MODIFICA SI ESTA RESPETANDO O NO ESTA RESPETANDO LOS PROCEDIMIENTOS, LAS METAS, LAS TECNOLOGIAS Y TODO LO QUE HA PREVISTO EL ESTUDIO DE PRE-INVERSION

 

2) MODIFICACIONES NO SUSTANCIALES NOS DICE POR EJEMPLO 
-CUAND HAY MAYOR METRADO EN LA OBRA
-CUANDO SE CAMBIA LA MODALIDAD DE EJECUCION, MUCHAS VECES EN LA FASE DE PRE-INVERSION DISEÑAMOS EL PROYECTO Y AHI DEFINIMOS LA MODALIDAD DE EJECUCION, EJEMPLO UN ESTUDIO ANIVEL DE PERFIL DECIDE QUE SU EJECUCION VA A SER POR EJECUCION PRESUPUESTAL DIRECTA O OBRAS POR ADMINISTRACION DIRECTA  EN ESE MOMENTO LO DECIDIO ASI LA ENTIDAD (MUNICIPALIDAD) SU PRESUPUESTO.

PERO QUE DESPUES QUE SE DECLARO VIABLE EN LA FASE DE INVERSION CUANDO ELBORA SU EXPEDIENTE TECNICO DECIDE EJECUTAR LA OBRA POR CONTRATA ENTONCES ANTE ESTE HECHO LA NORMA ESTABLECE QUE ES UNA MODIFICACION NO SUSTANCIAL Y COMMO CONSECUENCIA DE ELLO PUEDE LA ENTIDAD BAJO UN PROCEDIMIENTO CAMBIARLO Y SEGUIR CON EL PROYECTO.

TAMBIEN NO SUSTANCIAL ES CUANDO SE CAMBIA CON OTRA ALTERNATIVA DE SOLUCION AL PROBLEMA, POR QUE ESTA LA HEMOS VISTO EN LA PRE-INVERSION 
TODO ESTO EN LA FASE DE INVERSION.

EL SNIP ACEPTA LAS MODICACIONES NO SUSTANCIALES PERO A ESTO LE LIMITA CON UNA TABLITA EN LA CUAL SE VERIFICA EN CUANTO VARIA EL PROYECTO CON RESPECTO AL INICIAL AL QUE SE APROBO.

SI ESA MODIFICACION ESTA DENTRO DE LOS LIMITES QUE APRUEBA EL SNIP PUEDES CONTINUAR CON EL PROYECTO SIN ACER NINGUN PROCEDIMIENTO MAS QUE LLENAR UN FORMATO SNIP 16

LA TABLITA DICE DI EL PROYECTO DE INVERSION ES MENOR O IGUAL QUE 3,000,000.00 NUEVOS SOLES PODRIA VARIAR EL PROYECTO HASTA EL 40% DE MAS 

CUANDO LA INVERSION ES MAYOR A 3,000,000.00  Y MENOR A 6,000,000.00 NUEVOS SOLES PODRIA VARIAR EL PROYECTO HASTA NO MAYOR DE 30% DE MAS 

CUANDO LA INVERSION ES MAYOR A 6,000,000.00   NUEVOS SOLES PODRIA VARIAR EL PROYECTO HASTA NO MAYOR DE 20% DE MAS 

PERO QUE OCURRE SI PASAN LOS LIMITES QUE SEÑALA EL SNIP EN LA TABLITA;  PARA ESTO EL SNIP A PREVISTO QUE LE LLAMAN VERIFICACION DE VIABILIDAD  ESTO SIGNIFICA QUE LA ENTIDAD DEBE DE DEMOSTRAR QUE EL PROYECTO SIGUE SIENDO RENTABLE SOCIALMENTE O ECONOMICAMENTE DE ACUERDO A LA TIPOLOGIA DEL PROYECTO,

LA EVALUACION DE LA RENTABILIDAD SOCIAL SE HACE BAJO LA EVALUACION COSTO EFECTIVIDAD Y CUANDO ES ECONOMICA ES COSTO-BENEFICIO


QUIEN HACE ESTA VERIFICACION DE VIABILIDAD LO ARA EL OPI CORRESPONDIENTE

UNA OBRA PUBLICA ES PARTE DEL SNIP


ASIMISMO EL SNIP  ESTAINMERSO EN LA LIQUIDACION DEL PROYECTO POR LO MISMO QUE LA FASE DE LA INVERSION CULMINA CON LA CULMINACION TOTAL DEL PROYECTO, CON LA LIQUIDACION DEL PROYECTO POR QUE LA LIQUIDACION ES PARTE PROPIA DE LA OBRA, TERMINA CON LA TRANSFERENCIA DE LA OBRA AL SECTOR QUE ESTARA ACARGO DE LA OPERACION Y/O MANTENIMIENTO DEL PROYECTO.

FASE DE POSINVERSIONOPERACION Y/O MANTENIMIENTO DEL PROYECTO Y LA EVALUACIO EXPOST DEL PROYECTO EN ESTA SE REALIZA UNA EVALUACION AL PROYECTO QUE NOS PERMITA TENER LECCIONES PARA QUE ESTAS SE RETROALIMENTEN EN NUESTRA ENTIDAD PARA CUANDO COMENCEMOS OTRO PROYECTO MEJORE EN SU EJECUCION 


NOTA: SI EXEDE A MAS 15% EL ADICIONAL INTERBENDRA LA OPI, UNIDAD FORMULADORA, UNIDAD EJECUTORA, MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MEDIANTE LA EGPM, 


¿A QUÉ LLAMAMOS UNIDAD FORMULADORA - UF? 
ES EL ÁREA RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN; 
ESTÁ REGISTRADA EN EL BANCO DE PROYECTOS DEL SNIP. 
LA UF PUEDE ELABORAR LOS ESTUDIOS SI ES QUE TIENE EL EQUIPO DE PROFESIONALES 
NECESARIO O PUEDE CONTRATAR LOS SERVICIOS DE PROFESIONALES QUE SE ENCARGUEN 
DE UN TEMA ESPECÍFICO O DE TODO EL ESTUDIO; EN EL SEGUNDO CASO SE ENCARGARÁ 
DE ELABORAR LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA, SUPERVISAR Y APROBAR LOS ESTUDIOS. 
EN CUALQUIERA DE LOS CASOS DESCRITOS ANTERIORMENTE, LA UF ES LA RESPONSABLE 

DEL ESTUDIO. 

¿A QUÉ LLAMAMOS UNIDAD EJECUTORA - UE? 
ES EL ÁREA RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL PIP, DEFINIDA COMO TAL EN LA 
NORMATIVIDAD DEL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO1
, ES REGISTRADA EN LA 
DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO (DGPP). AL MOMENTO DE PENSAR EN 
CUÁL SERÁ LA UE A SER PROPUESTA, HAY QUE ANALIZAR SI CUENTA CON LAS 
CAPACIDADES Y COMPETENCIAS PARA ENCARGARSE DE LA EJECUCIÓN; ES DECIR, DEBE 
DISPONER DE: 
• EXPERIENCIA EN LA EJECUCIÓN TÉCNICA DEL PIP (INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA, 
EQUIPOS, PROFESIONALES Y EXPERIENCIA). 
• RECURSOS PARA FINANCIAR SU EJECUCIÓN. 
HAY QUE TENER PRESENTE TAMBIÉN QUE ADEMÁS DE LA UE REGISTRADA EN LA 
DGPP, PUEDE SER NECESARIO QUE HAYA UN ÁREA TÉCNICA RESPONSABLE DE LA 
CONDUCCIÓN O SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE TODOS LOS COMPONENTES DEL PIP. 
ESTE PUNTO DEBE SER EL RESULTADO DEL ANÁLISIS DE CUÁL ES LA PROPUESTA DE 
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO. 

1
 SEGÚN ARTÍCULO 6 DE LA LEY 28112, ES EL NIVEL DE DESCONCENTRACIÓN ADMINISTRATIVA PARA CONTRAER 
COMPROMISOS, DEVENGAR GASTOS, ORDENAR PAGOS E INFORMAR SOBRE EL AVANCE DE EJECUCIÓN. 
PARA MAYOR 
INFORMACIÓN SOBRE LAS 
FUNCIONES DE LA UF Y UE 
TE RECOMENDAMOS LEER 
LA DIRECTIVA GENERAL DEL 






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